CONCLUSIONES - CONANIIF
RESOLUCIÓN No 013-2026-JDCCPP/AG
Tingo María, 30 de mayo de 2026
VISTO:
El Informe del Comité Técnico Nacional Permanente de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, de fecha 29 de mayo de 2026 en la cual aprueba las conclusiones de Tingo María elaborada en el marco de la XIII Convención Nacional de Normas Internacionales de Información Financiera - CONANIIF 2026;
CONSIDERANDO:
Que, en conformidad del artículo 11° de la Ley n.°28951, Ley de Actualización de la Ley n.°13253, de Profesionalización del Contador Público, establece que la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú es el máximo organismo representativo de la profesión de Contador Público dentro del país y en el exterior, de conformidad con lo establecido por el artículo 1° del decreto Ley n.°25892 concordante con el artículo 1° de su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo N°008-93-JUS;
Que, numeral 3) del artículo 2° de la Ley n.°25892, estipula que, la Junta de Decanos tiene como una de sus atribuciones fomentar estudios de especialización en las respectivas disciplinas y organizar certámenes académicos;
Que, el literal g) del artículo 2° del Reglamento del Decreto Ley n.°25892 aprobado mediante Decreto Supremo n° 008-93-JUS, establece entre las atribuciones de la Junta de Decanos es la de organizar certámenes académicos sobre disciplinas vinculadas a la profesión correspondiente;
Que, el literal b) del artículo 5° de la Ley n° 28951, señala son fines de los Colegios de Contadores Públicos fomentar el estudio, la actualización, capacitación permanente y la especialización de sus miembros;
Que, el literal g) del artículo 6° de la Ley n° 28951 señala que, una de las atribuciones de los Colegios de Contadores Públicos es organizar certámenes nacionales e internacionales con el fin de analizar y/o difundir
los avances doctrinarios y técnicos de la profesión contable;
Que, la Junta de Decanos de Colegios deContadores Públicos del Perú y el Colegio de Contadores Públicos de Huánuco han organizado la XIII Convención Nacional de Normas Internacionales de Información Financiera - CONANIIF 2026, desarrollado los días 28, 29 y 30 de mayo del presente año, en la modalidad presencial y virtual, evento académico que contribuye a difundir los avances científicos y tecnológicos del ejercicio de la profesión, con miras a ocupar una posición de vanguardia frente a los retos que le plantean los cambios económicos actuales y futuros en el Perú y en el mundo, con una visión innovadora y valores éticos en la profesión del Contador Público, que permita cumplir la misión de ambos en el estudio e investigación de la especialidad de Normas Internacionales de Información Financiera; así como, a la difusión, mejor conocimiento e intercambio de técnicas de la profesión con otras áreas de conocimiento y el fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales;
Que, el artículo 1° del Reglamento de Convenciones Nacionales define que la Convención es el evento profesional,
científico y técnico para tratar temas especializados de la profesión contable de un área de especialización determinada, realizada por el Colegio Departamental que designe la Junta de Decanos, en coorganización con esta, a fin de realizar una propuesta viable que incluye conclusiones específicas para el desarrollo y competitividad del profesional Contador Público en nuestro país; además, generar la declaración de la convención;
Que, el literal a) y b) del artículo 38° del Estatuto de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú establece que, el Consejo Directivo tiene como función dirigir la vida institucional de la Junta de Decanos de acuerdo con las disposiciones legales que rigen la profesión, con las atribuciones y normas contenidas en el presente Estatuto, en el Reglamento Interno y otra normativa interna; en esa misma línea, cumplir y hacer cumplir el Estatuto, el Reglamento Interno y demás normas institucionales, los acuerdos de las Asambleas Generales, sus propios acuerdos y de las declaraciones aprobadas en los congresos y convenciones nacionales;
Que, en Asamblea General Ordinaria de fecha 29 de mayo de 2026, se acordó por unanimidad aprobar las conclusiones de la XIII Convención Nacional de Normas Internacionales de Información Financiera -
CONANIIF 2026;
Que, de conformidad con el Decreto Ley n° 25892 y de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo n° 008-93-JUS, la Ley n° 28951 Ley de actualización de la Ley n° 13253 de Profesionalización del Contador Público, y en uso de las atribuciones que confiere el Estatuto de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, “Las Conclusiones de la XIII Convención Nacional de Normas Internacionales de Información Financiera - CONANIIF 2026”, la misma que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - NOTIFICAR, copia de la presente Resolución a los interesados, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales, al Comité Técnico Nacional Permanente y al Comité Técnico de
especialidad.
CONCLUSIONES DE LA XIII CONVENCIÓN NACIONAL DE NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA - CONANIIF 2026
En la ciudad del Tingo María, concluidas las actividades académicas de la XIII Convención Nacional de Normas Internacionales de Información Financiera - CONANIIF 2026, la Comisión Organizadora del Colegio de Contadores Públicos de Huánuco, el Comité Técnico Nacional Permanente y la Asamblea General de Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, formulan las CONCLUSIONES de la XIII Convención Nacional de Normas Internacionales de Información Financiera - CONANIIF 2026:
1. La vigencia simultánea de tres marcos contables Normas de Contabilidad NIIF, Normas de Contabilidad NIIF para las PYMES y la Norma Peruana de Información Financiera (NPIF) para microempresas, han generado una adopción fragmentada e inconsistente en las regiones. La mayoría de las empresas, especialmente las microempresas que representan el 85 % del empresariado nacional, desconoce sus obligaciones bajo el nuevo marco normativo, mientras que los contadores que las asesoran no han recibido la formación específica necesaria. Persiste además una
desconexión entre la normativa contable y la normativa tributaria que desmotiva el cumplimiento voluntario: los empresarios no perciben ningún incentivo concreto para elaborar estados financieros bajo NIIF si esto no reduce su carga impositiva ni simplifica sus trámites.
2. Se reporta de manera generalizada en las regiones de nuestro país, una insuficiencia en la calidad técnica de los estados financieros producidos: errores recurrentes en la medición de activos fijos, inventarios, arrendamientos e
intangibles; ausencia de documentación de políticas contables y estimaciones; revelaciones incompletas en las notas; y estados financieros no auditados en entidades tanto privadas como públicas. Esta situación compromete la comparabilidad, razonabilidad y utilidad de la información financiera para la toma de decisiones empresariales, el acceso al crédito y la atracción de inversiones, al tiempo que expone a los profesionales contables a riesgos técnicos y legales en los encargos que realizan.
3. La implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) avanza de manera dispar y con deficiencias técnicas significativas en las entidades de los tres niveles de gobierno. Las principales dificultades identificadas son: la falta de capacitación de servidores y funcionarios públicos en la aplicación práctica de las NICSP; la ausencia de inventarios físicos actualizados y debidamente documentados de inmuebles, maquinaria y equipo, particularmente en activos adquiridos antes de la digitalización; y la insuficiente integración entre los
sistemas informáticos del Estado (SIAF, SIGA) y los requerimientos de registro contable bajo NICSP, lo que genera inconsistencias en los estados financieros y presupuestarios presentados a la Dirección General de Contabilidad Pública.
4. La transformación digital de la práctica contable es aún incipiente en la mayoría de regiones. El 60 % de las MYPE depende de procesos manuales y solo el 35 % ha adoptado alguna solución tecnológica. La brecha es más pronunciada en regiones con menor conectividad, donde los contadores y empresas carecen de acceso a software contable en la nube compatible con los requerimientos de revelación bajo Normas de Contabilidad NIIF, PYMES y NPIF, haciendo inviable la elaboración de estados financieros de calidad. A este escenario se suma el desconocimiento generalizado de herramientas de analítica de datos, automatización de procesos contables e inteligencia artificial, competencias que se han convertido en exigencias del mercado laboral y en factores diferenciales para la calidad del
trabajo profesional.
5. La próxima entrada en vigencia de las Normas IFRS S1 e IFRS S2 sobre revelaciones de sostenibilidad y riesgos climáticos representa un desafío para la profesión contable peruana. Los colegios regionales participantes reportan que la gran mayoría de sus colegiados desconoce el contenido y los requerimientos técnicos de estas normas, y que las empresas de los sectores productivos más expuestos a riesgos climáticos y ambientales minería, acuicultura, madera, castaña, agroindustria no incorporan en su información financiera ningún indicador de sostenibilidad, lo que las excluye de mercados internacionales, de financiamiento verde y de cadenas de valor exigentes en materia de transparencia corporativa. Dado que el universo empresarial peruano está compuesto en más del 95 % por PYMES y microempresas, resulta indispensable que la adopción de normas de sostenibilidad contemple una versión simplificada adaptada a la realidad y capacidades de este segmento.
6. La presión empresarial por reducir la carga tributaria, ocultar contingencias o mostrar resultados distorsionados es señalada en varias regiones como un factor que erosiona la ética profesional y la calidad de la información financiera. A esto se suma la ausencia, en la mayoría de los colegios departamentales, de mecanismos formales de supervisión técnica, control de calidad de los servicios prestados por los colegiados y canales de atención de consultas normativas. Esta situación debilita la credibilidad de los estados financieros, expone al contador público a responsabilidades legales y reduce su rol al de mero ejecutor de obligaciones tributarias, en lugar de posicionarlo como asesor estratégico y garante de la transparencia financiera.




