Conclusiones del IV Congreso Internacional de Teoría Contable
RESOLUCIÓN Nº 020-2026-JDCCPP/AG
VISTO:
El Informe del Comité Técnico Nacional Permanente de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, de fecha 26 junio de 2026 en la cual aprueba las conclusiones de Huancayo elaborada en el marco del IV Congreso Internacional de Teoría Contable;
CONSIDERANDO:
Que, en conformidad del artículo 11° de la Ley n.°28951, Ley de Actualización de la Ley n.°13253, de Profesionalización del Contador Público, establece que la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú es el máximo organismo representativo de la profesión de Contador Público dentro del país y en el exterior, de conformidad con lo establecido por el artículo 1° del Decreto Ley n.°25892 concordante con el artículo 1° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°008-93-JUS;
Que, numeral 3) del artículo 2° de la Ley n.°25892, estipula que, la Junta de Decanos tiene como una de sus atribuciones fomentar estudios de especialización en las respectivas disciplinas y organizar certámenes académicos;
Que, el literal g) del artículo 2° del Reglamento del Decreto Ley n.°25892 aprobado mediante Decreto Supremo n° 008-93-JUS, establece entre las atribuciones de la Junta de Decanos es la de organizar certámenes académicos sobre disciplinas vinculadas a la profesión correspondiente;
Que, el literal b) del artículo 5° de la Ley n° 28951, señala son fines de los Colegios de Contadores Públicos fomentar el estudio, la actualización, capacitación permanente y la especialización de sus miembros;
Que, el literal g) del artículo 6° de la Ley n° 28951 señala que, una de las atribuciones de los Colegios de Contadores Públicos es organizar certámenes nacionales e internacionales con el fin de analizar y/o difundir los avances doctrinarios y técnicos de la profesión contable;
Que, la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y el Colegio de Contadores Públicos de Junin han organizado el IV Congreso Internacional de Teoría Contable, desarrollado los días 25, 26 y 27 de junio del presente año, en la modalidad presencial y virtual, evento académico que contribuye a difundir los avances científicos y tecnológicos del ejercicio de la profesión, con miras a ocupar una posición de vanguardia frente a los retos que le plantean los cambios económicos actuales y futuros en el Perú y en el mundo, con una visión innovadora y valores éticos en la profesión del Contador Público, que permita cumplir la misión de ambos en el estudio e investigación en Teoría Contable así como, a la difusión, mejor conocimiento e intercambio de técnicas de la profesión con otras áreas de conocimiento y el fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales;
Que, el literal a) y b) del artículo 38° del Estatuto de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú establece que, el Consejo Directivo tiene como función dirigir la vida institucional de la Junta de Decanos de acuerdo con las disposiciones legales que rigen la profesión, con las atribuciones y normas contenidas en el presente Estatuto, en el Reglamento Interno y otra normativa interna; en esa misma línea, cumplir y hacer cumplir el Estatuto, el Reglamento Interno y demás normas institucionales, los acuerdos de las Asambleas Generales, sus propios acuerdos y de las declaraciones aprobadas en los congresos y convenciones nacionales;
Que, en Asamblea General Ordinaria de fecha 26 de junio de 2026, se acordó por unanimidad aprobar las conclusiones del IV Congreso Internacional de Teoría Contable;
Que, de conformidad con el Decreto Ley n° 25892 y de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo n° 008-93-JUS, la Ley n° 28951 Ley de actualización de la Ley n° 13253 de Profesionalización del Contador Público, y en uso de las atribuciones que confiere el Estatuto de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, “Las Conclusiones del IV Congreso Internacional de Teoría Contable" la misma que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - NOTIFICAR, copia de la presente Resolución a los interesados, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales, al Comité Técnico Nacional Permanente y al Centro Nacional de Investigación de las Ciencias Contables - CENIC.




